La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 132, fracción XVI, consigna la obligación del patrón de instalar y operar áreas en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo.
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¿Sabías que la ley establece sanciones de entre 18 mil 872 y 337 mil 450 pesos en caso de no cumplir con las normas establecidas por la STPS?
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